FORO INTERNACIONAL DE CRIMINALISTICA, CIENCIAS FORENSES Y DERECHOS HUMANOS
Noticias: FUNDACIÓN AFFIC
CIENCIAS FORENSES AL SERVICIO DE LA JUSTICIA Y LOS DERECHOS HUMANOS
http://www.affic.org.co
En el 2011 ofreciendo mayores y nuevos beneficios a nuestros usuarios
 
*
Bienvenido(a), Visitante. Por favor, ingresa o regístrate. Noviembre 10, 2025, 12:09:20


Ingresar con nombre de usuario, contraseña y duración de la sesión


LIBROS DE CRIMINALISTICA Y CIENCIAS FORENSES EN ESPAÑOL LIBROS BOOKS FORO INTERNACIONAL DE CRIMINALISTICA, CIENCIAS FORENSES y DERECHOS HUMANOS
Páginas: [1]   Ir Abajo
  Imprimir  
Autor Tema: propiedad intelectual  (Leído 3707 veces)
0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.
YEFRIN GARAVITO
Visitante
« : Diciembre 12, 2006, 08:57:30 »

Dentro de la lista de ingenieros de sistemas de ASIS se estaba tratando el tema, sobre derechos de autor de fotografias descargadas de internet no quise apropierme de la opinion de un compañero, publico todo el mesaje agradeciendo al ing. Oscar Agudelo

oagudelor@unal.edu.co



1. La ley que reglamenta en Colombia derechos de autor es la Ley 23 de 1982.
En relación con las fotografías de las plantas de fábricas, es bueno que
Henry tenga en cuenta el artículo 39 de dicha ley:

Artículo 39.- Será permitido reproducir por medio de pinturas, dibujos,
fotografías o películas cinematográficas, las obras que estén colocadas de
modo permanente en vías públicas, calles o plazas, y distribuir o comunicar
públicamente dichas reproducciones u obras. En lo que se refiere a las obras
de arquitectura esta disposición sólo es aplicable a su aspecto exterior.

Es decir, que si tomó las fotografías en la calle no hay demasiado problema.
Sin embargo, es recomendable que lo comunique a la empresa a quien tomó las
fotografías. Lo de dejar o quitar el logo de la firma también debería ser
una decisión de ellos.

2. En relación con las imágenes descargadas de Internet, depende de las
reglas de uso que haya establecido el sitio donde las haya descargado (debe
buscar con cuidado en la página origen). Lo mínimo que se recomienda es
mencionar la dirección web de donde descargó el material.

También es bueno que revise la Ley 565 de 2000 (adopción del Tratado de la
OMPI sobre Derechos de Autor) donde se establece que el convenio de Berna
sigue vigente en medios digitales (Colombia es "contrantante" de este
convenio que fue aprobado mediante la Ley 33 de 1987). Allí se establece,
entre otras cosas, que nuestro país -como "contratante" del convenio- debe
tener protección jurídica en relación con las acciones que eludan las
medidas de protección tecnológicas (como las marcas de agua utilizadas en
las imágenes digitalizadas).

Finalmente, la razón por la cual me atreví a escribir este mensaje, fue un
comentario que me hicieron: en el momento que se firme el TLC es muy
probable que todas estas normas -en la práctica- cobren vigencia, pues para
EEUU es importante cuidar los derechos de autor de todas esas "cositas" que
se copian "facilito" en un CD (en la Ley 1032 de 2006 aumentaron las penas
en relación con este tipo de delitos). Es importante que nos enteremos más
sobre el tema (hay un compendio de normas sobre el tema en
http://www.unal.edu.co/dib/normas/propiedadintelectual.html

Cordial Saludo,

Oscar Agudelo
oagudelor@unal.edu.co
En línea
Páginas: [1]   Ir Arriba
  Imprimir  
 
Ir a:  

Impulsado por MySQL Impulsado por PHP Powered by SMF 1.1.11 | SMF © 2006, Simple Machines LLC

Derechos reservados Yefrin Garavito - Fundacion AFFIC , Bogota - Colombia
XHTML 1.0 válido! CSS válido! Dilber MC Theme by HarzeM
Página creada en 0.025 segundos con 17 consultas.